Los establecimientos ubicados en el término municipal de Santander y que se encuentren dados de alta en el siguiente listado de IAE a la fecha de adhesión:

  • Listado de IAE admitidos en la campaña: 
    • Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases
    • Comercio al. prod.text.,conf.,calz.,piel y cuero
    • COM. MEDICAM. Y PROD. FARMAC. Y HERBOL (excepto 652.1 Farmacias)
    • COM. ART. PARA EQUIP. DE HOGAR Y CONST.
    • COM. VEHIC.,AERONAV.,EMBARC.,ACCES.,REC.
    • COM. MEN. DE BIENES USADOS
    • COM.MEN. INSTRUMENTOS MUSICA Y ACCESORIO
    • Otro comercio al por menor.
    • Servicios de Alimentación en Restaurantes
    • Servicios de Alimentación en Cafeterías
    • Servicios de Alimentación en Cafeterías, bares, con y sin comida.
    • 6 Cafeterías y bares en teatros y cines.
    • CAFES-BARES EN QUIOSCOS,CAJONES,BARRACAS
    • CHOCOLATERIAS,HELADERIAS Y HORCHATERIAS
    • Hospedaje en Hoteles y Moteles
    • Hospedaje en Hostales y pensiones
    • Hospedaje en Fondas y casas de huéspedes
    • Hospedaje en aparta-hoteles.
    • Campamentos turísticos
    • Agencias de Viaje
    • 1 Museos y Bibliotecas
    • Lavanderías, Tintorerías
    • Salones de peluquería y Belleza
    • 1. Servicios fotográficos
    • Servicios de enmarcación

 

  • También podrán adherirse:
    • Guías turísticos
    • Transporte turístico: paseos o rutas en barco, trenes o autobuses turísticos.
    • Empresas de ocio turístico.

 

Además, los requisitos técnicos indispensables para la adhesión a la campaña por parte de los establecimientos es la posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red WiFi o internet ADSL.

Otros requisitos para tener la condición de beneficiario:

  • El número de personas empleadas en la empresa no será superior a 12 trabajadores, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
  • El establecimiento en el que se realiza la compra estará ubicado en la ciudad de Santander.

Exclusiones:

No se admitirán el canje de VALES para compras de:

  • Productos de alimentación en actividades de comercio minorista (Agrupación 64 y 65 del listado de IAE)¡
  • El epígrafe 659.6 Comercio menor, deportes, juguetes y armas, en caso de armas, sólo se admitirán las armas deportivas.

Quedará excluida la venta de tabaco y combustible.